Marco legal

La regulación que respalda a la Federación

Todo lo que hacemos parte de un marco normativo concreto: la Ley 1673 de 2013, su decreto reglamentario y el registro que administra la idoneidad de los avaluadores en Colombia. Sobre esa base, construimos el RAI como iniciativa propia del gremio.

La norma

Ley 1673 de 2013

La Ley 1673 de 2013 reglamenta la actividad del avaluador en Colombia. Antes de su expedición, cualquier persona podía ejercer como avaluador sin formación verificable ni responsabilidad profesional exigible. La ley convirtió esa actividad en una profesión regulada, con requisitos de idoneidad, código de ética y vigilancia disciplinaria.

Su artículo 36 va más allá del avaluador individual: faculta al Estado, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para intervenir en todo el sector inmobiliario con el fin de promover su formalización, productividad y sana competencia — extendiendo el principio de autorregulación a quienes ejercen la actividad inmobiliaria en general.

Quién vigila qué

El engranaje institucional

InstanciaRol
Ministerio de Comercio, Industria y TurismoReglamenta la ley y verifica la creación de las Entidades Reconocidas de Autorregulación (ERA).
Entidades Reconocidas de Autorregulación (ERA)Administran el Registro Abierto de Avaluadores y vigilan el cumplimiento del código de ética.
Registro Abierto de Avaluadores (RAA)Protocolo donde se inscribe, conserva y actualiza la información de los avaluadores habilitados.
Superintendencia de Industria y ComercioSanciona el ejercicio ilegal de la actividad y las infracciones al código de ética.
Federación InmobiliariaAgremia avaluadores e inmobiliarios y coordina el avalúo corporativo colegiado.

Marco de referencia: Ley 1673 de 2013 y su Decreto reglamentario 556 de 2014. Documento con fines informativos; no sustituye asesoría legal.

Nuestra iniciativa

Registro Abierto de Inmobiliarios (RAI)

El RAA cubre a los avaluadores. Pero el artículo 36 habla de todo el sector inmobiliario: venta, arrendamiento, administración, corretaje y consultoría. Ese es el vacío que la Federación busca cerrar con el RAI.

El RAI es un registro gremial en desarrollo, impulsado por la Federación, para inscribir y dar trazabilidad a los inmobiliarios y corredores agremiados — con criterios de idoneidad y buenas prácticas comunes, en el mismo espíritu de autorregulación del artículo 36.

El RAI es una iniciativa propia de la Federación, no un registro estatal. Su inscripción certifica vinculación gremial, no reemplaza los registros oficiales que la ley exija para cada actividad.

Qué certifica el RAI

Vinculación activa a la Federación, adhesión al código de ética del gremio y participación en los procesos de avalúo colegiado, cuando aplique.


Estado actual

El RAI se encuentra en fase de estructuración. Los interesados en ser parte de las primeras inscripciones pueden manifestarlo desde la página de afiliación.

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